En primer lugar corresponde hacerles saber a la ciudadanía que por RESOLUCIÓN Nº582710 DE FECHA 05 DE ABRIL DE 2010, se ha contratado los servicios de 7 PROFESORES DE EDUCACIÓN FÍSICA, para la promoción efectiva del deporte y actividades afines como medio de proteger la salud de nuestra ciudadanía.
Por otra parte, no somos ajenos a la realidad que demuestra un elevado aumento en la canasta familiar, y es por ello que en las medidas de las posibilidades presupuestarias y topes legales, se debe rediseñar el salario de los dependientes municipales. Además, siendo que en todo momento se tiene como norte rector, resguardar la seguridad económica de sus dependientes y por ese motivo la política salarial diseñada por este Departamento Ejecutivo Municipal, se estructura en base a sus posibilidades reales, garantizando su cumplimiento sostenido, realizable en forma material y no sólo formalmente.
Del mismo modo, lo antes expuesto, constituye un incentivo para sus actores inmediatos entre el municipio y la ciudadanía, contribuyendo a una buena administración y mejor prestación de servicios, dentro de las posibilidades financieras. Y en virtud de ello por RESOLUCIÓN Nº584 DE FECHA 05 DE ABRIL DE 2010, este Departamento Ejecutivo Municipal, decidió OTORGAR a cada agente activo del personal Obrero y Maestranza y Personal Administrativo de Planta Permanente y Personal de Gabinete y Contratado del departamento Ejecutivo Municipal, un incremento equivalente al 15% (quince por ciento) del sueldo básico. Asimismo, al personal que se desempeña en jornada completa (de $28) se le aplicará el mismo porcentaje ($32).
También es digno destacar que debido al notable aumento demográfico de nuestra comunidad, conlleva mayores necesidades que esta administración debe satisfacer y el municipio se ve en la obligación de reestructurar el personal dependiente de la misma, con el objeto de asignar tareas que hagan posible una mejor administración comunal.
Entonces, el principio rector de la mencionada reestructuración funcional y escalafonaria serán la igualdad y equidad, atendiendo a la eficacia y la eficiencia del agente en sus tareas desarrolladas a la fecha, correcto desempeño, antigüedad y demás circunstancias que lo hagan apto para la función que se les encomendare.
En virtud, de que los cambios planeados por este Departamento Ejecutivo Municipal, no sólo redunda en beneficio de la ciudadanía santaluceña, sino también y por sobre todo, en los agentes afectados derivado de los beneficios que las recategorizaciones implican; por RESOLUCIÓN Nº 0246/2010 DE FECHA 10 DE FEBRERO DE 2010 y RESOLUCIÓN Nº638/2010 DE FECHA 07 DEABRIL DE 2010, se ha resuelto una recategorización que beneficia a la nómina de personal comprendida en loa condición de administrativo, de obreros y Maestranza, respectivamente.
También es digno de destacar que por RESOLUCIÓN Nº0585/2010 DE FECHA 05 DE ABRIL DE 2010, se DESIGNÓ a la ingeniera Agrónoma Mirna M. Gimenez, para desempeñarse en le cargo de DIRECTORA DE PRODUCCIÓN Y EMPLEO de esta Municipalidad, como personal de Gabinete, siendo que su aporte técnico es de suma importancia para la gestión municipal.
Asimismo, hago propicia la ocasión para hacerle saber a la ciudadanía que los trámites del programa “PATRIA GRANDE” para regularización ciudadana de extranjeros, son validos ante el consulado respectivo y Migraciones, si son efectuados por ante este municipio y con el aval del mismo, ya que la Municipalidad de Santa Lucía por medio de sus funcionarios y agentes autorizados, es el único facultado a tal fin y los trámites que se realicen ante terceros particulares carecen de validez.
27-04-2010