Tiempo Santa Lucía

03 febrero 2017

Acusado de abuso deberá pagar indemnización



La Cámara de Apelaciones de Goya le ordenó abonar montos de $180.000 y $38.400 en concepto de daño moral. Sin embargo, el imputado fue sobreseído penalmente por falta de pruebas. La víctima tuvo intentos de suicidio.


Un sujeto que afrontó un juicio oral por el abuso sexual de una adolescente de 16 años, denunciado en diciembre de 2011 en esta ciudad, fue condenado a pagar indemnización por el hecho.

Sin embargo, resultó favorecido por el beneficio de la duda en sede penal, precisaron fuentes oficiales.

La Cámara de Apelaciones de Goya condenó a Carlos Norberto Zalazar a pagar una indemnización de $180.000 y $38.400 en concepto de daño moral y psicológico, por el abuso cometido contra una menor de edad.

Algo que no pasó desapercibido fueron los considerandos donde se menciona que la chica tuvo intentos de suicidio por estrés traumático a causa de los hechos que le habrían acontecido el 20 de diciembre de 2011.

Los magistrados Liana Aguirre y Jorge Muniagurria rechazaron el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Carlos Norberto Zalazar e hicieron lugar parcialmente al recurso de apelación mediado por C.A.T., modificando los montos resarcitorios concedidos mediante la Sentencia N° 79, los cuales quedaron fijados en $180.000 y $38.400, en concepto de daño moral y daño psicológico, respectivamente.

Demanda
En la causa, la madre de la menor promovió una demanda de daños y perjuicios motivada en el abuso sexual al que el hombre sometiera a su hija.

Por otra parte, en la instancia penal, Zalazar resultó favorecido por el beneficio de la duda y fue absuelto  por falta o insuficiencia de pruebas incriminatorias.
Sin embargo, en sede civil, esfera donde se evalúa la responsabilidad civil, se ponderan además otros medios probatorios, para determinar la existencia de culpa. 

Y se concluyó en que “si bien en ciertos casos las pruebas –por insuficientes- impiden imponer castigo penal alguno al procesado, pueden alcanzar y resultar aptas para la reparación civil”.

Según las constancias de la causa la menor, que al momento del hecho tenía 16 años, trabajaba en horario nocturno en la casa de Zalazar, donde estaba al cuidado de la madre de este. En la medianoche de la mencionada fecha, la anciana solicitó un té, y cuando la joven fue a preparárselo, el hombre la atacó en la cocina. La muchacha logró escapar después de la agresión sexual y corrió a su casa, y junto con sus familiares fue al hospital y a la comisaría.

Los magistrados explicaron que se realizó un análisis integral de las pruebas, valoradas en conjunto en orden al lugar, tiempo y forma en que se desarrolló el hecho, pero fundamentalmente tuvieron en cuenta “la coincidencia de los relatos, que no provenían exclusivamente del círculo familiar, los mensajes de textos emitidos por la víctima momentos después del abuso, la presencia de Zalazar en el domicilio de la familia de la joven el mismo día del evento pidiendo disculpas”. 

Valoraron además  la conclusión de la psicóloga forense que refirió intentos de suicidio por estrés pos traumático, los cuales aportan a la veracidad de la versión de la demanda y alude a hechos sucedidos en soledad, pero cuyas consecuencias han dejado huellas”.

El Litoral


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