La Dirección de Comercio de la Municipalidad de Santa Lucía comunica a los comerciantes y a la comunidad en general, que se encuentra prohibida la comercialización y utilización de artefactos pirotécnicos o similares, según la Ordenanza Municipal N°024/2019, además la misma establece multas y/o clausura del local en caso de incumplimiento.
Las pirotecnias prohibidas son: cohetes, petardos, rompe portones, bomba de estruendo, cañas voladoras, globos aerostáticos y todo otro elemento sonoro, excluyendo la pirotecnia de "efectos lumínicos o fumígenos" que no produzcan sonidos o estruendos.